Micelio
Auto22 de enero de 2020

A- de 2020

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Natalia Bernal Cano

01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente auto la Sala Plena de la Corte Constitucional niega las solicitudes de audiencia pública formuladas por la demandante del presente proceso.

Así mismo, dispone correr traslado de los conceptos técnicos allegados a la Corporación tanto a la accionante, como a la Procuraduría General de la Nación y a los intervinientes, para que, si lo estiman conveniente, se pronuncien sobre su contenido.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. NEGAR las solicitudes de audiencia pública formuladas por la demandante Natalia Bernal Cano.
  2. SEGUNDO. A partir del día lunes 3 de febrero de 2020, por Secretaría General de esta Corte, CÓRRASE TRASLADO de los conceptos técnicos allegados hasta el viernes 31 de enero de 2020 a las 5:00 p.m., a la demandante, al Procurador General de la Nación, y a los intervinientes en oportunidad en el presente proceso, para que en un término de tres (3) días hábiles, si lo estiman conveniente, se pronuncien sobre su contenido.
  3. TERCERO. SUSPENDER los términos del presente asunto hasta que se disponga su levantamiento por parte de la Sala Plena de la Corte.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.